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DECRETO 59/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza una encomienda de gestión al Consejo Nacional de la Juventud de Aragón para la realización de un proyecto de promoción de la salud y prevención de drogodependencias en el ámbito juvenil de la Comunidad Autónoma de Aragón durante el año 2011.

Publicado el 05/04/2011 (Nº 68)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE SALUD Y CONSUMO

Texto completo:

La Dirección General de Salud Pública tiene entre sus objetivos el desarrollo de actividades para la prevención de las drogodependencias, especialmente dirigidas a población adolescente y juvenil. Buena parte de estas actividades se llevan a cabo en medio educativo, mediante programas estructurados y en colaboración con los centros docentes y las estructuras del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, tanto en el ámbito de la educación primaria como en la de secundaria, y con una alta cobertura en cuanto al número de centros que desarrollan estas actividades.

Además, y complementariamente a lo anteriormente descrito, el II Plan Autonómico sobre drogodependencias y otras conductas adictivas recoge entre sus objetivos de prevención la necesidad de actuar en el ámbito comunitario, contando con la participación de los colectivos comunitarios en la génesis, elaboración y desarrollo de programas y acciones dirigidas a la prevención. Teniendo en cuenta la especial significación que tienen los consumos de drogas en edad adolescente y juvenil, tanto en lo referente a su inicio temprano como a la aparición de fenómenos de dependencia y deterioro del crecimiento personal a partir de consumos continuados, se comprende la necesidad de implicar en acciones de prevención a los propios jóvenes a través de sus estructuras de participación y organización.

La Dirección General de Salud Pública del Gobierno de Aragón en el ejercicio de sus competencias sobre los programas de prevención de drogodependencias participa como socio en el proyecto EFA52/08 DROJNET 2 «Innovación en servicios de información sobre drogas (prevención y reducción de riesgos) dirigidos a jóvenes, mediante la utilización de las TIC» dentro del Programa Operativo de Cooperación Territorial España-Francia-Andorra 2007-2013 de la Unión Europea. Este programa pretende diseñar, desarrollar, experimentar y difundir nuevos servicios de información dirigidos a la prevención y la reducción de riesgos de drogodependencias entre los jóvenes, a través de la utilización de las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC).

El Proyecto Europeo Drojnet 2 se realiza mediante la cooperación con el Gobierno de La Rioja, la Generalitat de Cataluña y la Asociación Bizia de Aquitania. Los objetivos del proyecto son identificar e intercambiar experiencias entre los socios en materia de prevención escolar y reducción de riesgos; diseñar y desarrollar sistemas de información dirigidos a la prevención y reducción de daños en drogodependencias; y difundir las experiencias en el ámbito regional, transfronterizo e internacional. El proyecto se dirige al colectivo adolescente y juvenil, tratando de reducir el número de nuevos consumidores de drogas a través de una mejor y más eficiente información y buscando minimizar los daños en los ya consumidores, reduciendo el consumo y evitando que evolucionen hacia consumos problemáticos.

La Ley 2/1985, de 28 de marzo, creó el Consejo Nacional de la Juventud de Aragón como entidad de Derecho Público (CNJA en adelante), con personalidad jurídica propia, configurándose como órgano de relación, en los temas relativos a juventud, con las entidades públicas en el territorio de Aragón, siendo sus fines el impulso de la participación libre y eficaz en el desarrollo político, social, económico y cultural de Aragón, con especial atención a la promoción del asociacionismo, así como la defensa de los intereses globales de la juventud y la promoción de marcos generales de actuación conjunta de las asociaciones juveniles. Así mismo la reciente Ley 3/2007 de Juventud de Aragón recoge en su artículo 10 los fines del Consejo de la Juventud. En este marco, entre sus competencias se subraya la de colaborar con la Administración mediante la realización de estudios y actuaciones específicas relacionadas con los problemas de la juventud.

En la actualidad la Dirección General de Salud Pública no dispone de los medios materiales y humanos apropiados para acometer de forma directa los trabajos necesarios para la realización de intervenciones en ámbitos de ocio juvenil a lo largo del territorio de la Comunidad Autónoma, si bien si que dispone de los medios humanos y conocimientos necesarios para realizar las tareas de coordinación y homogenización de las intervenciones, en el marco del II Plan Autonómico de drogodependencias y otras conductas adictivas, tarea que se llevará a cabo desde la Dirección General de Salud Pública y las Subdirecciones Provinciales de Salud Pública, siendo la unidad encargada del seguimiento el Servicio de Promoción de la Salud y Prevención de la Enfermedad.

Por otro lado, el CNJA en cumplimiento de sus fines, cuenta con los medios y con experiencia adecuados para llevar a cabo las intervenciones citadas, y participa desde hace tiempo en numerosos actuaciones relacionadas con la formación de mediadores y prevención de drogodependencias en el ámbito de las organizaciones que conforman dicho Consejo y en distintos escenarios donde se desarrolla el ocio juvenil.

En el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se establece que podrá ser encomendada a otros órganos o Entidades de la misma o de diferente Administración la realización de actividades de carácter material, técnico o de servicios de la competencia de los órganos administrativos o de las Entidades de derecho público, por razones de eficacia o cuando no se posean los medios técnicos idóneos para su desempeño, teniendo en cuenta que la encomienda de gestión no supone cesión de titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.

En el artículo 38 del Texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma aprobado por Decreto legislativo 2/2001, de 3 de julio del Gobierno de Aragón, concreta que la encomienda de gestión a un órgano administrativo de distinto Departamento, precisará de la previa autorización del Gobierno de Aragón, la cual se formalizará mediante Decreto, tal y como establece el apartado cuarto de dicho precepto.

Asimismo, dicha norma determina que el Decreto mediante el cual se autorice la encomienda, contendrá el régimen jurídico de la misma, con mención expresa de la actividad o actividades a las que afecte, plazo de vigencia, naturaleza y alcance de la gestión encomendada y obligaciones que asuman la Entidad encomendada.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Salud y Consumo y previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 22 de marzo de 2011,

Primero. Autorizar la encomienda de gestión del Departamento de Salud y Consumo al Consejo Nacional de la Juventud de Aragón para la realización de un proyecto de promoción de la salud y prevención de drogodependencias en el ámbito juvenil de la Comunidad Autónoma de Aragón durante el año 2011

Segundo. La encomienda de gestión tiene por objeto promover estilos de vida saludables en adolescentes y jóvenes, que les hagan menos vulnerables a los consumos problemáticos del tabaco, alcohol y otras drogas, mediante la integración de la promoción de la salud en las asociaciones juveniles y en la educación no formal de dichos jóvenes.

Tercero. La gestión del citado proyecto que se encomienda se concreta en los objetivos y actividades y que se señalan en el Anexo I del presente Decreto.

Cuarto. Correrá a cargo de la Dirección General de Salud Pública la financiación de la gestión encomendada, para lo cual abonará al CNJA un máximo de 30.000 euros para el año 2011, con cargo a la aplicación presupuestaria 16.040.4134.227006.39018 del presupuesto de la Dirección General de Salud Pública, para lo cual el CNJA deberá presentar, nota de cargo por el importe correspondiente al coste antes mencionado, junto con los justificantes de la totalidad de los gastos realizados de acuerdo con el presupuesto, forma y plazo de justificación que figura en el Anexo I del presente Decreto.

Quinto. El plazo de vigencia de la gestión encomendada será hasta el 31 de diciembre de 2011, englobando todas las actuaciones realizadas desde la entrada en vigor de la presente encomienda, pudiendo prorrogarse hasta el 31 de diciembre de 2012 de acuerdo con las condiciones señaladas en el Anexo I del presente Decreto.

Sexto. La encomienda de gestión no supone cesión de la titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, atribuidas a la Dirección General de Salud Pública.

Séptimo. El presente Decreto producirá efectos a partir del día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».

Zaragoza, 22 de marzo de 2011.

El Presidente del Gobierno de Aragón,

MARCELINO IGLESIAS RICOU

La Consejera de Salud y Consumo,

LUISA MARÍA NOENO CEAMANOS

OBJETIVOS Y ACTUACIONES CONCRETAS QUE DEBE DESARROLLAR EL CONSEJO NACIONAL DE LA JUVENTUD DE ARAGÓN CON MOTIVO DE LA ENCOMIENDA Y DURANTE EL EJERCICIO DE 2011.

Los objetivos de esta Encomienda son:

Objetivo general:

Promover estilos de vida saludables en adolescentes y jóvenes, que les hagan menos vulnerables a los consumos problemáticos del tabaco, alcohol y otras drogas, mediante la integración de la promoción de la salud en las asociaciones juveniles y en la educación no formal de dichos jóvenes.

Objetivos específicos:

1. Fomentar actuaciones de información y sensibilización dentro del tejido asociativo y la educación no formal relacionadas con la promoción de la salud y la prevención de drogodependencias.

2. Apoyar y asesorar a las asociaciones juveniles, entidades y colectivos juveniles de Aragón, para integrar la prevención de drogodependencias en los criterios de organización y funcionamiento de dichas entidades y desarrollar programas y actuaciones de promoción de la salud.

3. Facilitar la comunicación y participación del tejido asociativo juvenil en las actuaciones de promoción de la salud promovidas desde la Dirección General de Salud Pública con la colaboración del Instituto Aragonés de la Juventud.

Las intervenciones se realizarán desde un punto de vista preventivo anticipándose a los problemas relacionados con conductas no saludables con un enfoque de promoción de salud trabajando aspectos relacionados con las habilidades sociales, autoestima, análisis de los medios de comunicación, desmitificación de los consumos en jóvenes, etc. Las intervenciones a realizar durante el período que dure la encomienda tienen como objetivo reforzar las acciones del Proyecto Drojnet 2 desde las asociaciones juveniles integradas en el Consejo de la Juventud de Aragón (CNJA en adelante).

Las actuaciones concretas que deberá realizar el CNJA a lo largo del año 2011 son las siguientes:

- Realización de talleres e intervenciones de información y sensibilización a grupos de adolescentes y jóvenes del tejido asociativo y del ámbito de la educación no formal. Concretamente:

En la Asociación de niños sordos de Aragón

En la Asociación para la Promoción e Inserción Profesional.

En Oficinas municipales de información.

En Institutos de Educación Secundaria.

En campamentos juveniles.

En la Cruz Roja. Área de Juventud

- Apoyo y asesoramiento técnico y documental a asociaciones juveniles y colectivos juveniles de Aragón en materia de prevención de drogodependencias y promoción de la salud.

- Colaboración en la difusión de iniciativas de prevención de drogodependencias y de promoción de salud dirigidas a jóvenes promovidas por la Dirección General de Salud Pública y el Instituto Aragonés de la Juventud

- Elaboración de guías, orientaciones y recursos educativos para su utilización por las entidades juveniles:

Folletos informativos sobre educación sexual

Difusión de material preventivo en torno al consumo de alcohol, tabaco y otras drogas.

Difusión de materiales en la Campaña de prevención del VIH

- Realización de cursos y encuentros de formación para mediadores/as en salud:

Prevención de la violencia de género entre adolescentes.

Cursos de resolución de conflictos.

Cursos de mediadores en educación para la salud

- Participación y colaboración en Mesas Técnicas y Foros con aquellos colectivos, entidades y asociaciones que trabajan en la prevención de drogodependencias y promoción de la salud.

- Desarrollo de iniciativas de prevención selectiva a través de mediadores juveniles.

Durante el año 2011 se continuará especialmente los programas de prevención en el consumo de alcohol en lugares de ocio, promoviendo actuaciones de sensibilización y formación desde una óptica de reducción de riesgos de acuerdo con las estrategias del programa Drojnet2.

El seguimiento de la Encomienda de gestión, con los objetivos, actividades y metodología descritos, será realizado por técnicos de la Dirección General de Salud Pública.

Los criterios de evaluación serán los siguientes:

- Coherencia de las intervenciones realizadas con asociaciones juveniles en un contexto de reducción de daños y riesgos con el II Plan Autonómico de drogodependencias y otras adicciones.

- Integración de las estrategias de promoción de la salud y prevención de drogodependencias en las asociaciones y entidades juveniles, especialmente con relación al consumo de tabaco y alcohol en colectivos juveniles.

- Colaboración en la difusión y realización de actividades de sensibilización en colectivos juveniles en un contexto de ocio y educación no formal, utilizando también las tecnologías de la información y comunicación.

- Participación en el desarrollo de políticas y programas realizados por la Dirección General de Salud Pública en cooperación con el Instituto Aragonés de la Juventud.

La gestión encomendada tendrá una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2011, pudiendo prorrogarse hasta el 31 de diciembre de 2012 de acuerdo con las actuaciones previstas en el proyecto Drojnet2. La prórroga de la encomienda se podrá realizar de acuerdo con la evaluación del trabajo realizado durante el año 2011, ya que esta encomienda de gestión persigue solventar las dificultades de actuación directas en colectivos juveniles a través de la intermediación del Consejo Nacional de la Juventud de Aragón, como entidad en la que se encuentran representadas las entidades juveniles.

El Departamento de Salud y Consumo dispondrá para la realización de dicha Encomienda la cantidad de 30.000 €, financiando los gastos producidos desde la entrada en vigor de la presente encomienda. El desglose del presupuesto previsto para el desarrollo del presente proyecto es el siguiente:

Gastos de Personal: (Nóminas, seguros sociales, dietas, etc) 24.000,00 €

Materiales para formación 6.000,00 €

Total 30.000,00 €

Cumplimentadas las actuaciones previstas en la presente encomienda y realizado el gasto, el CNJA deberá presentar las justificaciones relacionadas con las actuaciones encomendadas aportando antes del 15 de diciembre de 2011 la siguiente documentación:

1.-Certificado sobre el coste total de las actuaciones encomendadas.

2.-Índice numerado de los justificantes que se presentan, señalando conceptos y cuantías de cada uno, así como la cifra global a que ascienden. Los justificantes deberán estar igualmente numerados, y respetar el orden señalado en el índice.

Gastos de Personal. Deberán acompañarse a las nóminas correspondientes, los boletines de cotización de la Seguridad Social, y el justificante del pago de dichas nóminas.

Las Nóminas deberán expresar claramente el nombre y dos apellidos del trabajador, D.N.I., el mes a que correspondan y, en su caso, la firma del trabajador, señalándose la cuantía bruta, los descuentos que correspondan y el importe líquido.

No se tendrá en consideración a efectos de justificación ninguna nómina que no vaya acompañada de los correspondientes boletines de cotización a la Seguridad Social y justificante de pago de las nóminas.

Si en un mismo boletín de cotización a la Seguridad Social figurase personal del Servicio o Centro objeto de la encomienda junto con otro de distinta finalidad, se detallará al dorso el importe que corresponda al trabajador/es adscrito al proyecto, con indicación de la cuota empresarial y del trabajador.

Las dietas, gastos de desplazamiento y alojamiento se justificarán aportando facturas, firmadas y selladas para acreditar su pago, o con los oportunos recibos por el importe de las dietas percibidas.

Todos los gastos junto con sus justificantes de pago deberán estar fechados en el plazo de vigencia de la presente encomienda

El pago de la presente encomienda se realizará una vez que se haya presentado la totalidad de la documentación anterior. En el caso de justificación parcial, se abonará solamente el importe efectivamente justificado.

Aquellos gastos de personal cuya presentación resulte obligatoria, y cuyo abono se prevea realizar antes de finalizar el ejercicio económico a que se refiere la presente encomienda, pero no pudieran justificarse antes de la fecha indicada por incompatibilidad de plazos, se sustituirán por un informe estimativo, redactado en debida forma, en el que se constate la cuantía y destino de cada uno de dichos gastos, los documentos que justifiquen dichos informes deberán presentarse en la Secretaría General Técnica del Departamento de Salud y Consumo antes de 10 de febrero del ejercicio siguiente. De no ser así, se exigirá la devolución de las cantidades no justificadas debidamente.